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Canal de Denuncia

El Canal de Denuncia es una herramienta que permite encauzar las denuncias realizadas a una entidad alertando sobre una supuesta mala conducta, garantizando la confidencialidad y seguridad del denunciante.

Este canal de comunicación interno debe permitir comunicar, ya sea de forma escrita o verbal, cualquier acción u omisión que pueda constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea o infracción penal o administrativa grave o muy grave.  

¿Quiénes están obligados a implantar un Canal de Denuncia?

  • Sector Público

    Todas las entidades del sector público están obligadas a implantar un canal de denuncia también conocido como sistema interno de información.

  • Sector Privado

  • Las personas físicas o jurídicas con 50 o más trabajadores

  • Las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente, con independencia del número de trabajadores.

  • Los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones creadas por unos y otros, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.

Normativa Aplicable

  • Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

  • Ley Orgánica 3/2018 de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos.

Plazos de Implantación

  • Administraciones, organismos, empresas con más de 249 trabajadores y demás entidades obligadas a contar con un Sistema interno de información deberán implantarlo antes del 13 de junio de 2023.

  • Aquellos que ya contaran con canales y procedimientos de información externa de acuerdo con su normativa específica deberán implantarlo antes del 13 de septiembre de 2023.

  • Entidades jurídicas del sector privado con menos de 250 trabajadores el plazo para implantarlo antes del 1 de diciembre de 2023.

¿Cuáles son las sanciones por no implantar un Canal de Denuncia?

  • Sanciones económicas

    Los sujetos obligados a contar con un canal de denuncia que no lo implanten, recibirán una infracción considerada muy grave y llevará aparejada la imposición de multas con una cuantía de 30.001 hasta 300.000 euros si el responsable del incumplimiento es una persona física y entre 600.001 y 1.000.000 de euros si es una persona jurídica.

  • Otras sanciones

    La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI) puede prohibir la obtención de subvenciones u otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de cuatro años. También puede prohibir contratar con el sector público durante un plazo máximo de tres años.

Ventajas de contratar el Canal de Denuncia con Edutedis Consultoría

Configuración personalizada y de rápida implantación del canal interno de información

Implantación telefónica y formación sobre los procedimientos

Asesoramiento en el proceso de asignación del responsable del sistema y del encargado del tratamiento para la gestión del sistema.

Notificación a la Autoridad Independiente del nombramiento o cese de la persona responsable del sistema.

Ayuda en la elaboración del Reglamento del Sistema interno de Información.

Revisión, actualización y resolución de consultas sobre el Sistema Interno de Información

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