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Protocolo de acoso obligatorio para todas las empresas

protocolo de acoso obligatorio todas las empresas

Protocolo de acoso: un documento necesario para todas las empresas

Tras varios meses hablando sobre la obligatoriedad de implantar los Planes de Igualdad en las empresas, desde el próximo 7 de marzo será una realidad para aquellas que cuenten con más de 50 trabajadores.

Últimamente hemos oído hablar mucho sobre los Planes de Igualdad, pero, ¿sabemos qué son exactamente?.

»Un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.»

Los Planes de Igualdad deberán contemplar las siguientes materias:

–  El acceso al empleo

–  La clasificación personal

–  La promoción

–  La formación

–  La retribución

–   La conciliación

–  El acoso laboral

El Plan de Igualdad debe establecerse para toda la empresa. Es igual para todos, sin importar la jerarquía de los puestos, la forma de acceso de los empleados o la temporalidad de la plantilla.  De esta forma, el Plan de Igualdad deberá abarcar a la totalidad de la empresa desde los Directivos hasta los trabajadores por subcontrata.

 

Protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo

Como acabamos de ver, una de las materias contempladas en los Planes de Igualdad es el acoso laboral.

Con el objetivo de evitarlo, la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece en su artículo 48 lo siguiente:

“las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo”.

Como consecuencia de la mencionada ley, se ha establecido como obligatorio para todas las empresas la elaboración de un Protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo. Dicho protocolo es también llamado comúnmente ‘’Protocolo de Acoso’’.

Se trata un documento que recoge los procedimientos de actuación y prevención del acoso sexual por razón de sexo en el trabajo. Este protocolo incluye las pautas para identificar una situación de acoso y el procedimiento a seguir en caso de que ocurra. Además, volvemos a recalcar que es obligatorio para todas las empresas independientemente del número de trabajadores.

En el caso de que la empresa sufra una denuncia por un caso de acoso sexual o por razón de sexo, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social le solicitará las medidas, que, en esta materia, la empresa tiene adoptadas o en su caso el Protocolo Preventivo contra el Acoso Sexual o por Razón de Sexo.

Como hemos comentado, se trata de un manual obligatorio para todas las empresas cuya inexistencia será juzgada en dicha inspección la cual determinará el grado y el importe de la sanción.

Las multas pueden ascender hasta los 187.515€ en caso de considerarse muy graves y las empresas sancionadas podrán perder automáticamente las ayudas y bonificaciones de las que disfrutaban.

 

Protocolos de acoso y convenios sectoriales

Son muchas las empresas en las que conviven varios convenios colectivos. En estos casos, podría pensarse que se ha de realizar un Plan de Igualdad diferente para los trabajadores de cada convenio. Lo cierto es que un Plan de Igualdad se realiza siempre para toda la empresa y como hemos comentado, se incluyen a todos los trabajadores.

En el caso de los protocolos de acoso, la situación cambia ya que cada convenio establece sus propias medidas. Si en una misma empresa coexisten varios convenios colectivos, el Plan de Igualdad será igual para todos pero deberá realizarse un protocolo específico para cada uno en función de lo que determine el convenio colectivo al que pertenecen.

Si analizamos las medidas para la prevención del acoso y el procedimiento de actuación en caso de que ocurra de los diferentes convenios colectivos, vemos que existen diferencias entre ellos. De esta forma, el Protocolo de Acoso de Oficinas y Despachos es diferente al de Hostelería o al del sector Comercio.

Por ejemplo, una gran empresa como IKEA, que cuenta con trabajadores en oficina, en restauración y en comercio, requerirá contar con un Plan de Igualdad común para todos y con diferentes protocolos de acoso con medidas específicas adaptadas a cada uno de los convenios sectoriales.

Conclusión

Un protocolo de acoso no es un simple copia y pega de medidas preventivas y procedimientos de actuación. Un protocolo de acoso incluye los principios para evitar un delito y el establecimiento de las vías necesarias para garantizar la protección de la víctima en caso de que ocurra.

Todas las empresas requieren la elaboración de una guía con medidas para evitar la discriminación o el acoso por razón de sexo.

Aunque los protocolos de acoso obligatorios puedan parecer a primera vista similares para los distintos convenios colectivos, lo cierto es que encontramos bastantes diferencias entre ellos. Por esta razón es muy importante recurrir a un consultor especializado en Igualdad que realice un servicio integral. Esto incluye desde la creación de la documentación necesaria, hasta la gestión y coordinación de la empresa y los representantes legales.

Si desea más información al respecto puede contactarnos  a través del correo planesdeigualdad@edutedisconsultoria.com o a través del teléfono 951569504.

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